Defraudar a hacienda es: UN ACTO ANTISOCIAL Y EXECRABLE.
LA ALCALDESA DE VALDEMORILLO
TIENE ESTUDIOS DE LICENCIATURA EN DERECHO.
TAL VEZ POR ESO:
Ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat
(http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-17-1.PDF).
Desde que estalló la crisis económica se ha
intensificado el debate acerca de lo intolerable que resulta permitir el fraude
fiscal. No es mi deseo centrar el debate en si la solución o el alivio de
nuestra débil situación económica pueda venir de combatir el fraude hasta
hacerlo imposible para conseguir el incremento de la recaudación. O introducirnos
de lleno la discusión de si defraudar al fisco es un acto falto de ética, no
legal pero tolerado cuando el defraudador es un político en el gobierno.
Se ha
incrementado el impuesto de la renta, de sociedades, el IVA y otros, y lo ha
hecho radicalmente en contra de su programa electoral, con el objetivo de
aumentar la recaudación y afrontar los pagos los más importantes ajenos al
contribuyente. Con este panorama no
se debe ni puede permitir que un político siga desempeñando sus funciones cuando
ha sido considerado defraudador e insolidario.
En ningún caso, el partido político que ostenta democráticamente
el poder legislativo debe permitir semejante insolidaridad y menos aun
cuando el gobierno del Partido Popular: cargó contra la sociedad, y todos
pasamos a ser sospechosos y susceptibles de ser investigados, llegando a
argumentar sus subidas de impuestos por el fraude que cometen “algunos”.
Aproximadamente
más del 70% del fraude lo producen las grandes empresas y las multinacionales,
así como también las grandes fortunas, de modo que menos del 30% es el fraude
efectuado por los españolitos de a pie contra los que el Gobierno ha decido
cargar. Lo otro ya sabemos que no se toca, porque entre otros muchos
despropósitos constituyen el retiro
dorado de muchos políticos que, además, siguen cobrando del contribuyente.
En una
sociedad regida por el Estado de Derecho, el
fraude fiscal es inmoral. Y lo es porque una contribución razonable es
imprescindible para construir una sociedad de valores que garantice un mínimo
de cobertura en caso de necesidad y cubrir unos servicios esenciales para todos.
No aportar lo estipulado debe considerarse como un fraude a la sociedad, porque
es insolidario en el sentido de que no aporta un dinero imprescindible para la
protección social.
Artículo.305 LO 10/1995 de 23 noviembre, del Código Penal. (BOE de 24 de noviembre).
El que por acción u omisión defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de quince millones de pesetas, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante un periodo de tres a seis años.
Artículo.305 LO 10/1995 de 23 noviembre, del Código Penal. (BOE de 24 de noviembre).
El que por acción u omisión defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de quince millones de pesetas, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante un periodo de tres a seis años.
Artículo.305 LO 10/1995 de 23 noviembre, del Código Penal. (BOE de 24 de noviembre).
ResponderEliminar1. El que por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de quince millones de pesetas, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.
Tras las medidas aprobadas por el Gobierno, muchos, por no decir la mayoría, de los funcionarios están indignados al tener que sufrir unos recortes en sus ingresos y condiciones laborales sin precedentes. Surge un movimiento en la red que pretende airear los ingresos y gastos de los políticos y en qué emplean el dinero público.
ResponderEliminarMuchos españoles piensan que se están cargando las tintas con los funcionarios y con el resto de los ciudadanos, sin que los políticos, sobre todo los altos cargos, hagan un esfuerzo similar, ya que muchos acumulan sueldos, pensiones y gastos varios, que suman grandes cuantías, por no hablar de viajes de dudosa justificación, coches oficiales usados impropiamente o innecesarios, comidas en caros restaurantes y sueldos desproporcionados para la función que se desempeña o para el tamaño de la administración que los paga. Cuántos funcionarios ven todo el despilfarro que se realiza a su alrededor y piensan que si se administraran mejor los recursos no tendrían que pagar ellos los platos rotos.
Para que los ciudadanos sepan todos estos detalles ha surgido un movimiento espontáneo entre los funcionarios que van a dar mayor transparencia a todos los ingresos de los políticos y todos los conceptos de gastos a los que tienen derecho o que realizan. Es una especie de Anonymous funcionarial que puede dar mucho que hablar si se confirma. Muchos saben mucho y algunos no están dispuestos a callar.
En principio ya tenemos disponibles algunas perlas, y aunque las informaciones siguientes en algunos casos no son muy recientes, creo que marcan la línea de lo que está indignando a los ciudadanos y, en particular, a los funcionarios, que viven y han vivido de cerca el despilfarro
Un español tiene una pensión máxima de 32.000 euros anuales, pero los políticos tienen derecho a pensiones vitalicias muy superiores. 74.000 euros en el caso de los primeros espadas de la "Casta". Además, estas pensiones no son incompatibles con otros sueldos de la Administración o con otras actividades económicas. Un diputado o senador tiene que estar sólo siete años en el cargo para optar a la pensión máxima, mientras que un trabajador autónomo o por cuenta ajena necesita 35 años cotizados
ResponderEliminarLa culpa que el concejal Redondo siga en el consistorio la tiene el PP que lo estyá consistiendo a pesar de su deuda con la Hacienda de TODOS
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